Desde este lunes 4 de octubre, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) empezará a receptar las carpetas de las personas que estén dispuestas a conformar las dos comisiones ciudadanas que elegirán a la primera autoridad de la Fiscalía General del Estado y los y las vocales del Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ).
La participación de la ciudadanía en estos procesos es de vital importancia, porque son acciones que fortalecen nuestra institucionalidad, más ahora que nuestro país ha vivido un episodio triste de su historia. Sin embargo, la Constitución y la democracia prevalecieron porque los ecuatorianos y ecuatorianas creemos firmemente en la legalidad, en el derecho, en la paz y en la justicia.
Desde el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, estamos convencidos de que nuestro aporte para fortalecer la democracia es promover la participación de la ciudadanía en procesos como la designación de las autoridades. ¿Por qué? Porque la ciudadanía interviene directamente en decisiones trascendentales, porque es actor activo, porque no es un expectante más, porque en definitiva incide en los cambios.
La convocatoria está hecha, participemos, involucrémonos, seamos parte activa del fortalecimiento de nuestra democracia. Nuestro país lo necesita, es nuestro tiempo.
REQUISITOS PARA SER COMISIONADO o COMISIONADA:
1. Ser ecuatoriano o ecuatoriana, lo que será acreditado con la copia notariada de la cédula de ciudadanía;
2. Estar en goce de los derechos de participación, acreditado mediante una declaración juramentada que indique no encontrarse incurso en las causales de suspensión previstas en el Art. 14 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador - Código de la Democracia;
3. Haber cumplido 18 años de edad al momento de presentar la postulación;
4. Acreditar probidad notoria reconocida en el manejo adecuado y transparente de fondos públicos para aquellas personas que los hayan manejado, desempeño eficiente en la función privada y/o pública, así como diligencia y responsabilidad en el cumplimiento de sus obligaciones. La acreditación de este requisito se realizará mediante declaración juramentada en el formato único, otorgada ante Notario Público y el Certificado de Responsabilidades y/o cauciones otorgado por la Contraloría General del Estado. Los ciudadanos o ciudadanas domiciliadas en el exterior deberán efectuar las declaraciones juramentadas ante el respectivo consulado; y,
5. Demostrar conocimiento o experiencia, en temas de organización, participación ciudadana, control social o en los asuntos relacionados con las funciones de la autoridad a designarse.
Los y las postulantes deberán adjuntar su hoja de vida en base al formulario respectivo, disponible en las oficinas que el CPCCS autorice o en la página web institucional.
Cada organización social postulará un único candidato o candidata por Comisión Ciudadana de Selección y cada ciudadana o ciudadano podrá postularse para una sola Comisión Ciudadana de Selección. En caso de organizaciones sociales se adjuntará la carta de auspicio debidamente motivada.
El o la postulante será responsable por cualquier falsedad o inexactitud en la solicitud o en la documentación presentada lo que dará lugar a su descalificación, sin perjuicio a las responsabilidades civiles o penales a que hubiere lugar.
PROHIBICIONES: NO PODRÁN POSTULARSE PARA SER DESIGNADOS COMISIONADOS Y COMISIONADAS QUIENES:
1. Se hallaren en interdicción judicial mientras ésta subsista, salvo el caso de insolvencia o quiebra que no haya sido declarada fraudulenta;
2. Hayan recibido sentencia ejecutoriada que condene a pena privativa de libertad, mientras ésta subsista;
3. Cuando el Tribunal Contencioso Electoral haya declarado en sentencia ejecutoriada la responsabilidad por el cometimiento de alguna infracción de las tipificadas en la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador - Código de la Democracia, con esa sanción;
4. Mantengan contratos con el Estado como persona natural, socio, representante o apoderado de personas jurídicas, para la adquisición de bienes, ejecución de obra pública, prestación de servicio público o explotación de recursos naturales;
5. No hayan cumplido con las medidas de rehabilitación resueltas por autoridad competente, en caso de haber sido sancionado o sancionada por violencia intrafamiliar o de género;
6. Hayan ejercido autoridad ejecutiva en gobiernos de facto;
7. Hayan sido sentenciados o sentenciadas por delitos de lesa humanidad y crímenes de odio;
8. Tengan obligaciones pendientes con el Servicio de Rentas Internas;
9. En los últimos dos años hayan sido o sean directivos o directivas de partidos o movimientos políticos inscritos en el Consejo Nacional Electoral y/o hayan desempeñado una dignidad de elección popular en el mismo lapso;
10. Sean miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional en servicio activo o representantes de cultos religiosos;
11. Adeuden pensiones alimenticias, debidamente certificadas por la autoridad judicial competente;
12. Sea cónyuge, tenga unión de hecho sea pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con los miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social;
13. Sea cónyuge, mantenga unión de hecho o sea pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con otra u otro postulante a la misma Comisión Ciudadana de Selección. De ocurrir el caso se sorteará a quien deba excluirse del proceso;
14. El o la que en ejercicio de sus funciones públicas se le haya establecido una responsabilidad administrativa civil o penal; y,
15. Incurran en las demás prohibiciones que determine la Constitución y la ley.
El o la postulante acreditará no estar incurso en ninguna de las prohibiciones señaladas, mediante una declaración juramentada en el formato único, otorgada ante Notario Público.
Para demostrar que el o la postulante no está incurso en las prohibiciones establecidas en los numerales 4, 8 y 14 adjuntará al expediente el certificado de no mantener contratos con el Estado otorgado por el Instituto Nacional de Compras Públicas, INCOP, el certificado de no adeudar al Servicio de Rentas Internas, y el Certificado de Responsabilidades y/o cauciones otorgado por la Contraloría General del Estado.
Más información en http://www.participacionycontrolsocial.gov.ec